BDNS: 899431

RESOLUCIÓNpor la que se aprueba la convocatoria del año 2026 de subvenciones a los sectores económicos de las Terres de l'Ebre afectados por las inundaciones y lluvias torrenciales ocasionadas por la DANA Alice.

Para qué es la ayuda

Finalidad oficial:

COMERCIO, TURISMO Y PYMES

Subvenciones para la recuperación de los sectores económicos de las Terres de l'Ebre afectados por las inundaciones y lluvias torrenciales ocasionadas por la DANA Alice en octubre de 2025. Dirigida a autónomos y PYMES de las comarcas del Montsià, Baix Ebre, Ribera d'Ebre y Terra Alta, para apoyar gastos imprevistos e inversiones urgentes necesarias para la recuperación de sus actividades económicas.

Finalidad específica:

Fomentar las políticas en el ámbito de la recuperación de las actividades económicas afectadas por las consecuencias de la DANA Alice, apoyando los gastos imprevistos y la realización de inversiones urgentes para su recuperación.

Quién puede pedirla

Perfil del solicitante:

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • Profesionales autónomos dados de alta en el RETA
  • Pequeñas y medianas empresas (PYMES)

Requisitos adicionales:

  • Tener sede social u operativa en los municipios de las comarcas del Montsià, Baix Ebre, Ribera d'Ebre y Terra Alta
  • Que su actividad económica principal esté referenciada en el listado de IAEs de la Base 5.1. de las bases reguladoras
  • Haber estado afectado económicamente por las inundaciones y lluvias torrenciales ocasionadas por la DANA Alice, en octubre de 2025

Criterios de exclusión

  • No se puede realizar la reformulación de las solicitudes para esta subvención

Requisitos de la empresa

Forma legal:

  • Autónomos (RETA)
  • PYMES

Tamaño de empresa:

PYME

Ubicación geográfica:

Municipios de las comarcas del Montsià, Baix Ebre, Ribera d'Ebre y Terra Alta

Requisitos de sector:

  • Actividad económica principal referenciada en el listado de IAEs de la Base 5.1. de las bases reguladoras

Condiciones económicas

Ayuda mínima

2.001 euros (umbral mínimo de gastos para ser elegible)

Ayuda máxima

20.000 euros (importe máximo por beneficiario)

Gastos elegibles:

  • Gastos de reparación y albañilería: trabajos de reparación de locales, naves, almacenes, talleres y establecimientos, reparación de pavimentos, paredes, techos, cierres, puertas y ventanas, instalaciones eléctricas, de agua, saneamiento, gas y climatización, reparación de sistemas de drenaje, desagües y evacuación de aguas junto con los materiales y la mano de obra directamente asociados a estas reparaciones
  • Gastos de maquinaria, equipos y mobiliario: reparación de maquinaria productiva dañada, sustitución de maquinaria o equipos irreparables, de herramientas y utillaje profesional, mobiliario de uso profesional o equipamiento informático y electrónico de uso profesional
  • Gastos de limpieza extraordinaria de barro, escombros y residuos, bombeo de agua, secado y deshumidificación o retirada, transporte y gestión de residuos

Gastos NO elegibles:

  • Los gastos que hayan sido cubiertos total o parcialmente por un seguro, ya sea mediante indemnización, compensación económica o cualquier otra fórmula, en la parte cubierta
  • Los gastos relacionados con vehículos, tanto privados como afectos a la actividad económica (turismos, furgonetas, camiones, motocicletas, maquinaria móvil matriculable, reparación, sustitución o pérdida total de vehículos)
  • Los gastos correspondientes a mejoras, ampliaciones, reformas estéticas o modernizaciones que no sean estrictamente necesarias para restituir la situación previa a los daños
  • Los gastos que no estén directamente vinculados al desarrollo de la actividad económica
  • Los gastos realizados antes del mes de octubre de 2025
  • Los gastos de adquisición de materiales, mercancías o productos destinados a la venta o comercialización (stock), dado que éstos tienen por finalidad la generación de ingresos o beneficio económico para la persona o entidad beneficiaria, independientemente del momento en que se produzca la venta

Calendario de pagos:

El pago de la subvención se realiza con la comprobación de la justificación previa por parte de la persona beneficiaria de la realización de la actividad

Estado

Plazo de presentación

Inicio: 22 abr 2026

Fin: 22 may 2026

Presupuesto

500.000 €

Órgano Convocante

AUTONOMICA CATALUÑA CONSORCI DE COMERÇ, ARTESANIA I MODA DE CATALUNYA

Región de Impacto

Cataluña

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