BDNS: 894817

Resolución de 18 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas a la danza y la creación interdisciplinar, correspondientes al año 2026

Para qué es la ayuda

Finalidad oficial:

CULTURA

Esta convocatoria de ayudas del Ministerio de Cultura tiene como objetivo fomentar la danza y la creación interdisciplinar en España, facilitando la movilidad de artistas a través de giras nacionales e internacionales, consolidando la oferta en festivales y salas, y apoyando la creación artística. Está dirigida a empresas privadas, entidades sin ánimo de lucro, y en algunos casos a administraciones públicas, para financiar proyectos de danza y creación interdisciplinar que se ejecuten durante el año 2026.

Finalidad específica:

Preservación del patrimonio coreográfico e interdisciplinar y su difusión en el territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo la comunicación cultural entre Comunidades Autónomas, la igualdad en el acceso a servicios culturales y la creación de nuevos públicos.

Quién puede pedirla

Perfil del solicitante:

GRAN EMPRESAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • Empresas privadas (personas jurídicas con ánimo de lucro, cooperativas, personas físicas autónomas)
  • Entidades privadas sin ánimo de lucro (asociaciones, federaciones, confederaciones, fundaciones)
  • Comunidades Autónomas y Entidades Locales (solo para modalidad 3)
  • Personas físicas o jurídicas con establecimiento permanente en la UE/EEE (excepto paraísos fiscales)

Requisitos adicionales:

  • Proyectos de danza o creación interdisciplinar (artes vivas integradas con otras disciplinas)
  • Actividades a ejecutar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 (excepto programas bienales)
  • Cumplimiento de requisitos mínimos específicos por modalidad (número de funciones, Comunidades Autónomas, etc.)

Criterios de exclusión

  • Estar incurso en prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
  • Percepción de subvenciones nominativas, directas o transferencias del Ministerio de Cultura para el mismo proyecto y ejercicio
  • Presentar dos solicitudes diferentes para un mismo proyecto
  • Actividades acogidas al programa 'PLATEA' o 'Danza a escena'
  • Actividades incluidas en programas generados mediante convenios del Ministerio de Cultura o INAEM
  • Personas jurídicas que perjudiquen a colectivos discriminados
  • Entidades sancionadas por vulneración de igualdad o discriminación
  • Entidades que incumplan la legislación sobre igualdad de género
  • Personas o entidades que cometan, inciten o promocionen actos discriminatorios o de violencia contra personas LGTBI

Requisitos de la empresa

Forma legal:

  • Personas jurídicas con ánimo de lucro
  • Empresas reguladas por la Ley de Cooperativas
  • Personas físicas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
  • Asociaciones, federaciones, confederaciones y fundaciones
  • Comunidades Autónomas y Entidades Locales (solo modalidad 3)

Ubicación geográfica:

Establecimiento permanente en cualquier Estado de la UE/EEE, Excluye residentes en paraísos fiscales

Requisitos de sector:

  • Actividad relacionada con la danza y/o creación interdisciplinar
  • Objeto social vinculado al proyecto artístico solicitado

Condiciones económicas

Ayuda máxima

Varía por modalidad (ver cuantía_por_solicitud)

Cofinanciación:

Aportación propia: La ayuda máxima no supera el 65% del coste total del proyecto (80% en modalidades 2 y 5 en casos específicos). Se valora positivamente la participación de iniciativa privada o social y la aportación de administraciones locales y autonómicas.

La suma de todas las ayudas no puede superar el 100% del coste de la actividad.

Gastos elegibles:

  • Cachés, dietas (traslados, manutención, alojamiento) de artistas y técnicos
  • Nóminas de personal artístico y técnico contratado
  • Gastos de distribución, publicidad y promoción
  • Gastos de gestión de derechos de autor
  • Alquiler de material técnico
  • Amortización de bienes inventariables artísticos (no previamente subvencionados)
  • Auditorías medioambientales
  • Gastos derivados de protocolos antiacoso y promoción de la igualdad
  • IVA no deducible o no recuperable
  • Gastos de preparación (transporte, alojamiento, anticipos) hasta 6 meses antes del inicio

Gastos NO elegibles:

  • Importe del IVA deducible cuando sea susceptible de recuperación o compensación
  • Gastos de producción de la gira (diseño/compra de iluminación, escenografía, vestuario, dramaturgia)
  • Grabaciones sonoras o de video no promocionales
  • Gastos de locomoción, hospedaje y restauración no pertenecientes a la gira subvencionada
  • Cuotas y comisiones bancarias
  • Seguros privados no obligatorios
  • Auditorías no obligatorias ni relacionadas con la subvención
  • Gastos suntuosos
  • Gastos relacionados con actividades no artísticas (restauración, merchandising)
  • Cuotas de autónomos de socios o miembros de entidades jurídicas beneficiarias
  • Impuestos personales sobre la renta

Calendario de pagos:

Pago efectivo a partir de la fecha de la resolución de concesión, sin necesidad de constitución de garantías.

Límites de intensidad:

  • Ayuda máxima por proyecto: 65% del coste total (80% para modalidad 5 y modalidad 2 cuando la entidad está integrada por asociaciones)

Estado

Plazo de presentación

Inicio: A partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE

Fin: 15 días hábiles desde el inicio del plazo de solicitud

Presupuesto

4.055.922 €

Órgano Convocante

ESTADO MINISTERIO DE CULTURA DIRECCIÓN GENERAL DE ARTES ESCÉNICAS Y MÚSICA

Región de Impacto

Nacional

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