Resolución de 18 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas a la danza y la creación interdisciplinar, correspondientes al año 2026
Para qué es la ayuda
Finalidad oficial:
CULTURA
Esta convocatoria de ayudas del Ministerio de Cultura tiene como objetivo fomentar la danza y la creación interdisciplinar en España, facilitando la movilidad de artistas a través de giras nacionales e internacionales, consolidando la oferta en festivales y salas, y apoyando la creación artística. Está dirigida a empresas privadas, entidades sin ánimo de lucro, y en algunos casos a administraciones públicas, para financiar proyectos de danza y creación interdisciplinar que se ejecuten durante el año 2026.
Finalidad específica:
Preservación del patrimonio coreográfico e interdisciplinar y su difusión en el territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo la comunicación cultural entre Comunidades Autónomas, la igualdad en el acceso a servicios culturales y la creación de nuevos públicos.
Quién puede pedirla
Perfil del solicitante:
- Empresas privadas (personas jurídicas con ánimo de lucro, cooperativas, personas físicas autónomas)
- Entidades privadas sin ánimo de lucro (asociaciones, federaciones, confederaciones, fundaciones)
- Comunidades Autónomas y Entidades Locales (solo para modalidad 3)
- Personas físicas o jurídicas con establecimiento permanente en la UE/EEE (excepto paraísos fiscales)
Requisitos adicionales:
- Proyectos de danza o creación interdisciplinar (artes vivas integradas con otras disciplinas)
- Actividades a ejecutar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 (excepto programas bienales)
- Cumplimiento de requisitos mínimos específicos por modalidad (número de funciones, Comunidades Autónomas, etc.)
Criterios de exclusión
- Estar incurso en prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Percepción de subvenciones nominativas, directas o transferencias del Ministerio de Cultura para el mismo proyecto y ejercicio
- Presentar dos solicitudes diferentes para un mismo proyecto
- Actividades acogidas al programa 'PLATEA' o 'Danza a escena'
- Actividades incluidas en programas generados mediante convenios del Ministerio de Cultura o INAEM
- Personas jurídicas que perjudiquen a colectivos discriminados
- Entidades sancionadas por vulneración de igualdad o discriminación
- Entidades que incumplan la legislación sobre igualdad de género
- Personas o entidades que cometan, inciten o promocionen actos discriminatorios o de violencia contra personas LGTBI
Requisitos de la empresa
Forma legal:
- Personas jurídicas con ánimo de lucro
- Empresas reguladas por la Ley de Cooperativas
- Personas físicas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- Asociaciones, federaciones, confederaciones y fundaciones
- Comunidades Autónomas y Entidades Locales (solo modalidad 3)
Ubicación geográfica:
Establecimiento permanente en cualquier Estado de la UE/EEE, Excluye residentes en paraísos fiscales
Requisitos de sector:
- Actividad relacionada con la danza y/o creación interdisciplinar
- Objeto social vinculado al proyecto artístico solicitado
Condiciones económicas
Ayuda máxima
Varía por modalidad (ver cuantía_por_solicitud)
Cofinanciación:
Aportación propia: La ayuda máxima no supera el 65% del coste total del proyecto (80% en modalidades 2 y 5 en casos específicos). Se valora positivamente la participación de iniciativa privada o social y la aportación de administraciones locales y autonómicas.
La suma de todas las ayudas no puede superar el 100% del coste de la actividad.
Gastos elegibles:
- Cachés, dietas (traslados, manutención, alojamiento) de artistas y técnicos
- Nóminas de personal artístico y técnico contratado
- Gastos de distribución, publicidad y promoción
- Gastos de gestión de derechos de autor
- Alquiler de material técnico
- Amortización de bienes inventariables artísticos (no previamente subvencionados)
- Auditorías medioambientales
- Gastos derivados de protocolos antiacoso y promoción de la igualdad
- IVA no deducible o no recuperable
- Gastos de preparación (transporte, alojamiento, anticipos) hasta 6 meses antes del inicio
Gastos NO elegibles:
- Importe del IVA deducible cuando sea susceptible de recuperación o compensación
- Gastos de producción de la gira (diseño/compra de iluminación, escenografía, vestuario, dramaturgia)
- Grabaciones sonoras o de video no promocionales
- Gastos de locomoción, hospedaje y restauración no pertenecientes a la gira subvencionada
- Cuotas y comisiones bancarias
- Seguros privados no obligatorios
- Auditorías no obligatorias ni relacionadas con la subvención
- Gastos suntuosos
- Gastos relacionados con actividades no artísticas (restauración, merchandising)
- Cuotas de autónomos de socios o miembros de entidades jurídicas beneficiarias
- Impuestos personales sobre la renta
Calendario de pagos:
Pago efectivo a partir de la fecha de la resolución de concesión, sin necesidad de constitución de garantías.
Límites de intensidad:
- Ayuda máxima por proyecto: 65% del coste total (80% para modalidad 5 y modalidad 2 cuando la entidad está integrada por asociaciones)
Estado
Plazo de presentación
Inicio: A partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE
Fin: 15 días hábiles desde el inicio del plazo de solicitud
Presupuesto
4.055.922 €
Órgano Convocante
ESTADO MINISTERIO DE CULTURA DIRECCIÓN GENERAL DE ARTES ESCÉNICAS Y MÚSICA
Región de Impacto
Nacional