Convocatoria de subvenciones a la rehabilitación 2026, para el Fomento de la Rehabilitación, Adecuación y Reparación de Edificios que concede el Instituto Municipal de la Vivienda, la Rehabilitación y la Regeneración Urbana
Para qué es la ayuda
Finalidad oficial:
ACCESO A LA VIVIENDA Y FOMENTO DE LA EDIFICACIÓN
Subvenciones municipales para fomentar la rehabilitación, adecuación y reparación de edificios en el municipio de Málaga. Dirigida a propietarios, arrendatarios, comunidades de propietarios y otras agrupaciones sin personalidad jurídica, para financiar obras de mejora en tres líneas principales: rehabilitación del Centro Histórico, de Barriadas y actuaciones Especiales (que incluyen mejora acústica y viviendas para alquiler social).
Finalidad específica:
Fomento de la rehabilitación, adecuación y reparación de edificios ubicados en el Municipio de Málaga, a través de tres líneas: Subvenciones a la rehabilitación del Centro (Actuación Parcial), Subvenciones a la rehabilitación de Barriadas, y Subvenciones a la rehabilitación Especial (con cuatro tipos de actuaciones: A, B, C y D).
Quién puede pedirla
Perfil del solicitante:
- Propietarios de inmuebles
- Arrendatarios debidamente autorizados por la propiedad
- Usufructuarios debidamente autorizados por la propiedad
- Personas jurídicas
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad jurídica
- Comunidades de bienes
- Cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que pueda llevar a cabo la actividad
Requisitos adicionales:
- La actividad objeto de subvención no debe haber comenzado (con excepciones por fuerza mayor, riesgo para la seguridad o informe vinculante de otras áreas municipales)
- En las Líneas Parcial del Centro Histórico y Barriadas, los edificios deben tener uso de residencia habitual y permanente
- Para Líneas Especial B y Barriadas: acreditar falta de recursos económicos (ingresos de las unidades familiares de al menos la mitad de las viviendas inferiores a 3 veces el IPREM)
Criterios de exclusión
- Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas
- Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación
- Haber dado lugar a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración
- Estar incurso en supuestos de incompatibilidad de altos cargos o personal al servicio de las Administraciones Públicas
- No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social
- Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal
- No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
- Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones
- Edificios destinados a hoteles, alojamientos turísticos, alquileres de oficinas u otros usos análogos (para Líneas Parcial del Centro y Barriadas)
Requisitos de la empresa
Forma legal:
- Personas físicas
- Personas jurídicas
- Comunidades de propietarios
- Comunidades de bienes
- Agrupaciones sin personalidad jurídica
- Herencias yacentes
Ubicación geográfica:
Municipio de Málaga
Requisitos de sector:
- Propietarios, arrendatarios o usufructuarios de edificios ubicados en Málaga que necesiten rehabilitación
Condiciones económicas
Ayuda máxima
15.000 euros por vivienda para Líneas Especial C y D
Cofinanciación:
Aportación propia: Variable según línea y circunstancias: desde mínimo 10% del coste (para subvenciones del 90%) hasta 50% (para subvenciones del 50%)
Debe acreditarse la aplicación de fondos propios a la actividad subvencionada cuando la actividad haya sido financiada además con la subvención
Gastos elegibles:
- Presupuesto de ejecución material de las obras
- Honorarios técnicos (máximo del 8% del presupuesto de ejecución material)
- Honorarios profesionales de la gestión administrativa que realicen los Administradores de Fincas para la presentación de toda la documentación exigida (máximo del 2% del PEM y con un límite de 3.000 euros)
Gastos NO elegibles:
- Aquellas partidas y unidades de obra que no tengan relación con el objeto de la subvención
Calendario de pagos:
No especificado en el documento
Límites de intensidad:
- Línea Barriadas: No inferior al 30%
- Línea Especial C y D: 50%
- Línea Especial B y Barriadas: Hasta 90%
Estado
Próximamente
Inicio: 24 mar 2026
Fin: 22 may 2026
Presupuesto
3.000.000 €
Órgano Convocante
LOCAL MÁLAGA INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA (AYTO. MALAGA)
Región de Impacto
Málaga