CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ENVEJECIMIENTO ACTIVO EN ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE SEVILLA MENORES DE 20.000 HABITANTES. 2026. (LÍNEA 7).
Para qué es la ayuda
Finalidad oficial:
SERVICIOS SOCIALES Y PROMOCIÓN SOCIAL
Subvención en concurrencia competitiva de la Diputación Provincial de Sevilla, dirigida a ayuntamientos y entidades locales autónomas de la provincia con población inferior a 20.000 habitantes. Su objetivo es financiar proyectos y actividades de promoción de la autonomía personal y envejecimiento activo, a través de tres ejes específicos: promoción del envejecimiento activo y estilos de vida saludables; formación y apoyo a las redes del cuidado informal; y proyectos de atención a mayores contra la Soledad No Deseada. La cuantía máxima por entidad local es de 6.000,00 euros.
Finalidad específica:
Colaborar con las Entidades Locales de la provincia de Sevilla, menores de 20.000 habitantes, a través de la concesión de subvención para la puesta en marcha de proyectos y actividades que se dirijan al logro de los siguientes objetivos: 1.1.- Promoción del envejecimiento activo y estilos de vida saludables para personas mayores; 1.2.- Formación y apoyo de las redes del cuidado informal; 1.3.- Proyectos de atención a mayores contra la Soledad No Deseada.
Quién puede pedirla
Perfil del solicitante:
- Ayuntamientos con población inferior a 20.000 habitantes
- Entidades Locales Autónomas de la Provincia de Sevilla
Requisitos adicionales:
- Ser Ayuntamiento con población inferior a 20.000 habitantes o Entidad Local Autónoma de la Provincia de Sevilla.
- Aquellos exigidos para obtener la condición de beneficiario, comprometiéndose a aportar, en el trámite de audiencia, la documentación exigida.
- Los requisitos deberán mantenerse desde el último día de plazo de la presentación de solicitudes hasta el fin de la justificación del programa.
Criterios de exclusión
- Presentación de la solicitud fuera de plazo.
- No alcanzar la puntuación mínima de 50 puntos sobre 100 en la valoración del proyecto.
- No subsanar los requerimientos de documentación en el plazo de 10 días hábiles.
- Incurrir en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (salvo excepciones).
Requisitos de la empresa
Forma legal:
- Administración Local (Ayuntamientos)
- Entidad Local Autónoma
Tamaño de empresa:
No aplica (entidades públicas)
Ubicación geográfica:
Provincia de Sevilla, Municipios con población inferior a 20.000 habitantes
Requisitos de sector:
- Actuaciones en materia de servicios sociales y promoción social, dirigidas a personas mayores de 55 años y mayores de 45 años con discapacidad intelectual.
Condiciones económicas
Ayuda mínima
No especificado (depende de la puntuación obtenida en la valoración)
Ayuda máxima
6.000,00 € por entidad local
Cofinanciación:
Aportación propia: La aportación de fondos propios por la entidad local beneficiaria consistirá en un porcentaje de cofinanciación con respecto al total del proyecto, en relación al número de habitantes: Hasta 999 habitantes: 0,00%; De 1.000 a 4.999: 5,00%; De 5.000 a 9.999: 10,00%; De 10.000 a 20.000: 20,00%.
No se especifican otros requisitos de cofinanciación.
Gastos elegibles:
- Importe íntegro de los gastos de personal (contratación o arrendamientos de servicios vinculados al proyecto), incluyendo Seguridad Social a cargo de la entidad beneficiaria.
- Gastos corrientes: Prestación de servicios.
- Material fungible.
- Material de reprografía.
- Material no inventariable para la impartición de talleres.
- Seguros.
- Gastos de medios de transporte para viajes de ocio y tiempo libre (autobús, guía turístico), que no supere el 20% del presupuesto total del proyecto.
Gastos NO elegibles:
- Alquileres de locales.
- Patentes, licencias.
- Fianzas.
- Aplicaciones y equipamiento informático.
- Mobiliario.
- Reformas y acondicionamiento de locales.
- Servicios de restauración (catering).
- Servicios clínicos individuales (podología, fisioterapia, psicología...).
- Gasto de combustible.
- Intereses deudores de cuentas bancarias, recargos y sanciones administrativas y penales, y gastos de procedimientos judiciales.
Calendario de pagos:
Pago anticipado del 100% del importe de la subvención, tras la aprobación de la resolución de concesión definitiva, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la Tesorería Provincial.
Límites de intensidad:
- Subvención pública: No se especifica un porcentaje máximo sobre el presupuesto total, pero está sujeta a prorrateo y a que el importe no supere el coste de la actividad ni el máximo de 6.000€.
Estado
Plazo de presentación
Inicio: A partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Sevilla
Fin: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria
Presupuesto
504.000 €
Órgano Convocante
LOCAL DIPUTACIÓN PROV. DE SEVILLA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA
Región de Impacto
Sevilla